La búsqueda de la verdad, la justicia y el pasar página durante la pandemia

La pandemia ha aumentado los retos de las familias migrantes que pasaban el duelo por el fallecimiento o la desaparición de sus seres queridos. Pero hay maneras prácticas de ayudarles.

Las familias que pasan un duelo tienen derecho a la verdad, a la justicia y a pasar página. Estos derechos fundamentales están reconocidos en el derecho internacional de los derechos humanos, también amparados por el derecho a la dignidad, el derecho a la vida y el derecho a la vida familiar y privada[1]. Como mínimo, los Estados deben garantizar que las familias migrantes en proceso de duelo estén informadas sobre la suerte y el paradero de su familiar desaparecido o fallecido, de reclamar y repatriar sus restos mortales y de darles sepultura para que descansen en paz (Declaración Mitilini de 2018[2]).

Las respuestas nacionales a la pandemia de la COVID-19 afectaron gravemente a la capacidad de las familias migrantes en proceso de duelo de ejercer esos derechos. Las medidas de contención para detener la propagación del virus a menudo no tuvieron en consideración las necesidades específicas de dichas familias y han dado lugar a más barreras legales y prácticas. A partir de las experiencias de migrantes de ocho países (Grecia, Alemania, Francia, Italia, México, Sudáfrica, EE. UU. y Zimbabue) durante la pandemia, tratamos de demostrar que hay formas prácticas y realistas para que los Estados —de acuerdo con sus obligaciones internacionales— puedan ayudar a las familias migrantes que están en duelo sin menoscabar las respuestas de salud pública[3].

Entender la causa del fallecimiento

La incertidumbre constante sobre las circunstancias que rodearon el fallecimiento presunto o confirmado de un ser querido puede pesar mucho en la familia. El derecho internacional de los derechos humanos reconoce que esa angustia y dolor emocional podrían llegar a constituir un trato inhumano y degradante. Por tanto, los Estados tienen la obligación de investigar las muertes sospechosas, hacer rendir cuentas a los responsables y mantener informada a la familia.

La naturaleza aparentemente misteriosa del nuevo virus y la difusión de teorías conspirativas han aumentado la incertidumbre entre las comunidades de migrantes. Para empezar, no se dispone en general de datos oficiales sobre la tasa de transmisión y mortalidad de la COVID-19 entre los migrantes. Muchos Estados, incluidos la mayoría de los europeos y Estados Unidos, no publican las estadísticas de COVID-19 desglosadas por nacionalidad, ni informan por separado sobre la situación de los migrantes.

La incertidumbre se ve aún más exacerbada por las diferentes formas de verificar los fallecimientos por COVID-19 y también por la poca información que se comparte con los parientes más cercanos. En algunos países (como Alemania), la causa del fallecimiento es un apartado confidencial del certificado de defunción que se transmite a la oficina de estadística correspondiente, pero que no se pone a disposición de los parientes debido a las leyes de protección de datos personales. En Nueva York, los certificados de defunción en los que la COVID-19 figuraba como causa del fallecimiento eran recibidos con desconfianza por muchas familias, especialmente cuando la persona gozaba previamente de buena salud y en los casos en los que no se tenía acceso al historial médico o a cualquier otra información sobre la causa de la defunción. Para las familias que se encuentran en el extranjero, puede ser aún más difícil obtener información de las circunstancias del fallecimiento debido a las restricciones de viaje y sobre quién tiene derecho a acceder a la documentación pertinente.

Los migrantes —en especial los indocumentados— lo han tenido más difícil para acceder a la asistencia sanitaria por diversas razones desde el estallido de la pandemia. Como consecuencia, un número indeterminado de casos de COVID-19 y otras afecciones médicas no han sido tratadas, y se han quedado sin diagnosticar una cifra desconocida de defunciones extrahospitalarias. La publicación de datos oficiales y transparentes sobre la tasa de transmisión y mortalidad entre los migrantes contribuiría a acabar con las sospechas y especulaciones, y ayudaría a las familias que buscan la verdad y piden justicia y responsabilidades.

En México, por ejemplo, las autoridades publican cada día datos completos y abiertos sobre los casos de COVID-19, las hospitalizaciones y los fallecimientos. Además del seguimiento de variables como la edad, el sexo, la ubicación y las comorbilidades, México también incluye información sobre la nacionalidad, la situación migratoria y el país de partida. Además, ha estado publicando informes epidemiológicos semanales sobre la COVID-19 entre los migrantes, en los que se incluía el número total de casos sospechosos y confirmados, los países de origen, las hospitalizaciones y las defunciones. Aunque las estadísticas oficiales no dan cuenta del número total de fallecidos (dado que México es uno de los países que menos test hace), el Gobierno ha dado un importante paso al poner los datos oficiales a disposición del público en un formato abierto y descargable.

Los procedimientos para solicitar certificados de defunción y ampliar la información sobre las circunstancias de un fallecimiento deberían ser accesibles y hacerse cargo de las dificultades adicionales a las que tienen que enfrentarse las familias en duelo que se encuentran en el extranjero. Las organizaciones civiles de carácter social, las asociaciones de migrantes y los grupos de apoyo pueden ayudar a las familias en proceso de duelo a realizar los trámites administrativos; es esencial que estos agentes se mantengan operativos y accesibles durante toda la pandemia.

Es necesario aumentar la concienciación no solo hablando de cómo contener la propagación del virus, sino también proporcionando información completa y accesible sobre la asistencia sanitaria, las perspectivas en caso de diagnóstico positivo y las razones de las medidas de contención que afectan directamente a las comunidades de migrantes. Contar con las comunidades de refugiados y migrantes, las organizaciones de base y otros grupos de apoyo para compartir esta información podría ser una forma efectiva de superar la desconfianza profundamente arraigada hacia las autoridades.

Darles sepultura para que descansen en paz

El derecho internacional reconoce el derecho humano a enterrar y honrar a los familiares fallecidos. Garantizar el respeto por las preferencias y los rituales funerarios se ha vuelto especialmente problemático durante la pandemia, al haber tenido que imponerse limitaciones con respecto a la asistencia y la manipulación de los cadáveres. La pandemia también ha exacerbado las limitaciones financieras y temporales. La creciente falta de espacio en las morgues ha acelerado los procedimientos funerarios, lo que ha limitado las opciones de las familias sin recursos que necesitan más tiempo para recaudar fondos y ha restringido su capacidad para trasladar los restos mortales a otro lugar. Las restricciones a los viajes internacionales fueron barreras adicionales. La situación se complica más cuando los restos mortales no están identificados o cuando la familia tiene dudas sobre la identidad del difunto.

Los protocolos forenses deberían abordar expresamente la forma en que deben recopilarse y conservarse los datos post mortem y ante mortem relevantes para una futura identificación. Un ejemplo claro ha sido el de los protocolos forenses COVID-19 de México para el tratamiento de los restos mortales no identificados. Estos protocolos describen cómo deberían tratarse los cadáveres y cómo se han de recopilar y almacenar los datos en vista de la pandemia. También prohíben la incineración de restos mortales no identificados. En caso de que sea necesario realizar una gestión masiva, todos los cadáveres no reclamados —identificados o no— han de ser sepultados en fosas individuales para restos COVID-19, y la fiscalía y los servicios forenses deben registrar dónde se han enterrado estos.

La ayuda financiera que los Estados ofrecen para paliar los efectos de la pandemia podría incluir ayuda para los gastos funerarios. Un paso importante en esta dirección lo ha dado el programa de ayudas a la sepultura de la ciudad de Nueva York, al que pueden acogerse las familias migrantes, incluidas las indocumentadas.

El establecimiento de un visado nacional con fines funerarios o de identificación sería una forma efectiva y práctica de ayudar a las familias migrantes en proceso de duelo que viven en el extranjero. En Alemania, por ejemplo, el visado familiar —que se ha mantenido a lo largo de la pandemia— permite a los familiares, e incluso a miembros de la familia extensa, visitar el país de forma temporal para asistir a un funeral.

Los protocolos de los servicios hospitalarios y funerarios deberían ser flexibles para dar cabida a los ritos funerarios siempre que sea posible. En Alemania, aunque los parientes no pueden llevarse el cadáver a casa, sí se les permite, en determinadas circunstancias o lugares, realizar los rituales funerarios en la habitación del hospital. En Zimbabue, se pone a disposición de las familias (y otros miembros de la comunidad) que no puedan asistir al funeral en persona, tienen a su disposición su retransmisión en directo.

La repatriación de los restos mortales

Para las familias en proceso de duelo, es fundamental poder llevar a casa al familiar fallecido para cerrar esa etapa. Incluso antes de la pandemia, la repatriación de restos mortales era un procedimiento complejo y costoso. Desde la pandemia, estos se han vuelto más costosos aún y más burocráticos, ya que muchos Estados han establecido restricciones adicionales para evitar contagios. Al mismo tiempo, la suspensión de los servicios consulares en muchos países, sumado a las restricciones para viajar, se lo ha puesto más difícil a las familias que viven en el extranjero. No es raro, por tanto, que estas familias no opten por la repatriación o encuentren formas poco ortodoxas de llevarla a cabo. Como en Grecia, donde muchas optan por repatriar solo los huesos, que se ponen a disposición de los familiares entre tres y cinco años después del entierro. En Nueva York, las familias mexicanas elegirían incinerar al familiar, en contra de sus creencias, ya que la repatriación de esos restos es más fácil. Todo esto puede suponer un gran peso para las familias supervivientes. Es urgente mejorar las normativas nacionales y la coordinación internacional para facilitar los procedimientos de repatriación.

No se puede dejar solas a las familias migrantes durante el duelo. Prestar una asistencia adecuada no es solo un deber moral, sino también una obligación legal basada en normas de derechos humanos consolidadas.

 

Danai Angeli Danai.angeli@bilkent.edu.tr

Profesora adjunta, Universidad de Bilkent; Asesora, Last Rights Project

 

[1] Last Rights (2019) Extended Legal Statement and Commentary https://drive.google.com/file/d/1P7RGtTQw95gFL-o6iBzxmVRsDngxpHHc/view

[2] La Declaración Mitilini para el tratamiento digno de todas las personas desaparecidas y fallecidas y sus familias como consecuencia de los viajes migratorios, adoptada el 11 de mayo de 2018
https://docs.google.com/document/d/1dNiarOI0WkDTvE7cuOqC9x8v3vFTKpCxp80jsXYHTXc/view

[3] Last Rights (2021) Every Body Counts: Death, Covid-19 and Migration. Understanding the Consequences of Pandemic Measures on Migrant Families
https://drive.google.com/file/d/1f3QRFCcQmeI5AmhAug38JVTRmfccQyHA/view

 

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