{"id":40140,"date":"2012-02-03T00:00:00","date_gmt":"2012-02-03T05:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fmreview.org\/lacroix-et-al-htm\/"},"modified":"2012-02-03T00:00:00","modified_gmt":"2012-02-03T05:00:00","slug":"lacroix-et-al-htm","status":"publish","type":"fmr_content","link":"https:\/\/www.fmreview.org\/es\/lacroix-et-al-htm\/","title":{"rendered":"Implicar a los actores armados no estatales en los mecanismos de protecci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<table align=\"center\" border=\"0\" width=\"760\">\n<tbody>\n<tr>\n<td colspan=\"2\" rowspan=\"2\" valign=\"top\">\n<!--more--><\/p>\n<table align=\"center\" border=\"0\" width=\"760\">\n<tbody>\n<tr>\n<td colspan=\"2\" rowspan=\"2\" valign=\"top\">\n<p>En muchos casos los actores armados no estatales desempe&ntilde;an un papel importante a la hora de generar desplazamientos forzados en todo el mundo. Son responsables de muchos de los abusos contra los derechos humanos y, sin embargo, no se les ha considerado un factor primordial para hallar soluciones a estos problemas. Como entidades no estatales, no pueden participar en la creaci&oacute;n de normas jur&iacute;dicas internacionales que regulen estas cuestiones, ni pueden tomar parte en los tratados internacionales. No obstante, no podemos permitirnos ignorar a estos grupos armados a la hora de proteger a los civiles durante el conflicto armado.<\/p>\n<p>La ONG Llamamiento de Ginebra (Geneva Call) lleva desde el 2000 haciendo que los actores armados no estatales<a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn1\">1<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn1\" id=\"_ednref1\" name=\"_ednref1\" title=\"\"> <\/a> se comprometan a cumplir las normas humanitarias internacionales, centr&aacute;ndose al principio en la prohibici&oacute;n de las minas antipersonal y, m&aacute;s recientemente, en la protecci&oacute;n de mujeres y ni&ntilde;os y en la prevenci&oacute;n de la violencia sexual y de g&eacute;nero durante el conflicto armado. La experiencia del Llamamiento de Ginebra podr&iacute;a servir para documentar los esfuerzos por conseguir que los actores armados no estatales se vuelquen con el problema de los desplazamientos inducidos por el conflicto.<\/p>\n<p><strong>La experiencia del Llamamiento de Ginebra en la prohibici&oacute;n de las minas antipersonal<\/strong><\/p>\n<p>El trabajo del Llamamiento de Ginebra con los actores armados no estatales en la cuesti&oacute;n de las minas terrestres posee dos caracter&iacute;sticas importantes. En primer lugar, la organizaci&oacute;n ha adoptado un &quot;enfoque inclusivo&quot; y ha evitado emplear medidas coactivas (como &quot;nombrar y avergonzar&quot;). Por el contrario, ha tratado de conseguir un cambio a trav&eacute;s del di&aacute;logo, la persuasi&oacute;n y la cooperaci&oacute;n.<a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn2\">2<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn2\" id=\"_ednref2\" name=\"_ednref2\" title=\"\"> <\/a> En segundo lugar, en sus esfuerzos por gestionar la falta de apropiaci&oacute;n&nbsp; de las normas humanitarias por parte de los actores armados no estatales, el Llamamiento de Ginebra ha desarrollado un mecanismo innovador: la &quot;<em>Escritura de Compromiso&nbsp; para la adhesi&oacute;n a una prohibici&oacute;n total de las minas antipersonal y para una cooperaci&oacute;n en la acci&oacute;n contra las minas<\/em>&quot; (en adelante la &quot;Escritura&nbsp; de Compromiso&quot;). Este mecanismo permite a los actores armados no estatales declarar su adherencia a normas similares a las contenidas en la Convenci&oacute;n sobre la Prohibici&oacute;n del Empleo, Almacenamiento, Producci&oacute;n y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucci&oacute;n (Convenci&oacute;n sobre la prohibici&oacute;n de las minas antipersonal), que al ser entidades no estatales no pueden firmar. Al firmar la Escritura de Compromiso los actores armados no estatales se comprometen oficialmente con la total prohibici&oacute;n de las minas antipersonal, a cooperar y, cuando sea factible, emprender acciones antiminas,<a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn3\">3<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn3\" id=\"_ednref3\" name=\"_ednref3\" title=\"\"> <\/a> y a permitir el seguimiento y la comprobaci&oacute;n de su cumplimiento.<\/p>\n<p>El Llamamiento de Ginebra ha conseguido hasta la fecha el compromiso de alrededor de 70 actores armados no estatales en todo el mundo. En enero de 2011 cuarenta y uno de ellos &mdash;que operan en 10 pa&iacute;ses y territorios diferentes (Birmania\/ Myanmar, Burundi, India, Ir&aacute;n, Irak, Somalia, Sud&aacute;n, Turqu&iacute;a y el S&aacute;hara Occidental) &mdash; han firmado la Escritura de Compromiso que proh&iacute;be las minas antipersonal.<a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn4\">4<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn4\" id=\"_ednref4\" name=\"_ednref4\" title=\"\"> <\/a><\/p>\n<p>Estos compromisos han mejorado la protecci&oacute;n civil en las zonas donde operan los grupos signatarios. En general, han acatado sus obligaciones y se han abstenido de utilizar minas antipersonal, adem&aacute;s de destruir las reservas y cooperar en las acciones antiminas en las zonas en que operan o que se encuentran bajo su control.<a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn5\">5<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn5\" id=\"_ednref5\" name=\"_ednref5\" title=\"\"> <\/a> El compromiso de los actores armados no estatales con la prohibici&oacute;n de las minas antipersonal ha servido como punto de entrada para destacar la necesidad de proteger a los civiles de otros abusos. El art&iacute;culo 5 de la Escritura de Compromiso exige a los signatarios que consideren la prohibici&oacute;n de las minas antipersonal como un paso hacia una adherencia m&aacute;s amplia a las normas humanitarias y muchos actores armados no estatales han manifestado su apoyo a que el Llamamiento de Ginebra expanda su foco operativo con el fin de englobar tambi&eacute;n otras cuestiones humanitarias. La protecci&oacute;n de ni&ntilde;os y mujeres se se&ntilde;al&oacute; como prioridad en los casos de conflicto armado y, como consecuencia, el Llamamiento de Ginebra publicaba recientemente la &quot;Escritura &nbsp;de Compromiso para la Protecci&oacute;n de Ni&ntilde;os y Ni&ntilde;as de los Efectos del Conflicto Armado&quot; y est&aacute; investigando la posibilidad de desarrollar un instrumento para la prohibici&oacute;n de la violencia sexual y de g&eacute;nero.<\/p>\n<p><strong>El proceso de implicaci&oacute;n<\/strong><\/p>\n<p>Para considerar el empleo de un instrumento escrito est&aacute;ndar como herramienta de compromiso sobre los desplazamientos para los actores armados no estatales es importante tener en cuenta el proceso por el cual el Llamamiento de Ginebra garantiza la adherencia a la Escritura de Compromiso para la prohibici&oacute;n de las minas antipersonal y su cumplimiento.<br \/>\n\t\t\t\t\tCada nueva firma de la Escritura de Compromiso est&aacute; precedida por un per&iacute;odo de di&aacute;logo con los l&iacute;deres representativos del grupo armado en cuesti&oacute;n. Para obtener el compromiso de un actor armado no estatal resulta importante entender los factores que podr&iacute;an influir en &eacute;l y el hecho de que el grupo no opera en un vac&iacute;o pol&iacute;tico y social. La mayor&iacute;a, si no todos, disponen de alg&uacute;n tipo de base social o del apoyo de las comunidades de las que son originarios. La sensibilizaci&oacute;n de dichas bases o comunidades ha demostrado ser un instrumento fundamental para presionar a los actores armados no estatales y, como consecuencia, ha originado un cambio positivo en su comportamiento.<\/p>\n<p>No todos los actores armados no estatales a los que el Llamamiento de Ginebra se ha acercado han renunciado inmediatamente al uso de minas antipersonal. M&aacute;s que optar por un enfoque basado en el &quot;todo o nada&quot;, esta ONG mantiene di&aacute;logos con esos grupos. Se han promovido medios alternativos para reducir de forma progresiva el impacto de las minas antipersonal en los civiles, como garantizar el desminado de determinadas &aacute;reas o fomentar la introducci&oacute;n de limitaciones en cuanto a las circunstancias en que pueden usarse las minas.<br \/>\n\t\t\t\t\tDado que los actores armados no estatales suelen carecer de los recursos, las competencias y el equipamiento necesarios para implementar sus obligaciones recogidas en el acuerdo, en especial las actividades antiminas, resulta crucial proporcionarles ayuda a este respecto, ya sea mediante formaci&oacute;n o asistencia t&eacute;cnica.<\/p>\n<p>El Llamamiento de Ginebra ha desarrollado un mecanismo de control del cumplimiento basado en tres niveles para garantizar que los signatarios cumplen sus obligaciones. En primer lugar, se pide a los actores armados no estatales que informen sobre su implementaci&oacute;n y cumplimiento.Este autocontrol anima a los signatarios a responsabilizarse de sus compromisos. En segundo lugar, el Llamamiento de Ginebra se une a otros actores como gobiernos, organizaciones independientes locales e internacionales y medios de comunicaci&oacute;n para seguir el desarrollo sobre el terreno. Y, en tercer lugar, puntualmente el Llamamiento de Ginebra env&iacute;a misiones sobre el terreno para realizar &quot;controles&quot; rutinarios o para comprobar las alegaciones de incumplimiento.<a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn6\">6<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn6\" id=\"_ednref6\" name=\"_ednref6\" title=\"\"> <\/a><\/p>\n<p><strong>C&oacute;mo aplicar el enfoque del Llamamiento de Ginebra a los desplazamientos<\/strong><\/p>\n<p>La estimaci&oacute;n global sobre el n&uacute;mero de personas desplazadas por las actividades de los actores armados no estatales no se encuentra disponible todav&iacute;a, pero est&aacute; claro que en muchos casos &eacute;stos han sido responsables directos o indirectos del desplazamiento forzado, la deportaci&oacute;n o la inmovilizaci&oacute;n de la gente. Asimismo, han sido responsables de diversas formas de explotaci&oacute;n sexual y material de las personas refugiadas y desplazadas al negarles el acceso a la seguridad y obligarles a regresar a zonas inseguras.<\/p>\n<p>Algunas organizaciones humanitarias &mdash;como las agencias de la ONU, el CICR y ONG&mdash; ya est&aacute;n haciendo que los actores armados no estatales se comprometan con este problema. Estos esfuerzos se manifiestan de diversos modos como, por ejemplo, negociando el acceso de los desplazados o, de forma menos habitual, formando a los actores armados no estatales para que protejan a los desplazados internos.<a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn7\">7<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_edn7\" id=\"_ednref7\" name=\"_ednref7\" title=\"\"> <\/a> La mayor&iacute;a de estas iniciativas parecen haber tenido lugar <em>ad hoc<\/em> &nbsp;y, hasta donde conocemos, ninguna organizaci&oacute;n ha desarrollado todav&iacute;a una herramienta de compromiso oficial. En los siguientes p&aacute;rrafos se pretende subrayar c&oacute;mo el enfoque del Llamamiento de Ginebra podr&iacute;a documentar el grado de compromiso de los actores armados no estatales con las normas relativas a los desplazamientos.<\/p>\n<p><strong>El marco jur&iacute;dico <\/strong><\/p>\n<p>La claridad de las normas recogidas en la Convenci&oacute;n sobre la prohibici&oacute;n de las minas antipersonal facilit&oacute; en gran medida el desarrollo de la Escritura de Compromiso que prohib&iacute;a su uso. Sin embargo, el marco jur&iacute;dico que regula los desplazamientos resulta m&aacute;s complejo. Dependiendo de su situaci&oacute;n, las personas desplazadas tienen derecho a la protecci&oacute;n provista por uno o m&aacute;s corpus legales (Derecho Internacional de los Refugiados, Derecho Internacional Humanitario y Derecho Internacional de los Derechos Humanos) recogidos en diversos tratados y convenciones. Muchos tratados regionales, leyes nacionales, as&iacute; como los Principios Rectores, pretenden complementar estas normas internacionales y facilitar su incorporaci&oacute;n al derecho nacional.<\/p>\n<p>Estos diferentes instrumentos imponen obligaciones para prevenir los desplazamientos y para proteger a las personas desplazadas en cada fase del &eacute;xodo y del retorno. Del mismo modo que imponen obligaciones (como garantizar el acceso a alimentos, alojamiento, educaci&oacute;n, etc.), tambi&eacute;n establecen prohibiciones (abstenerse de obligar el traslado de la poblaci&oacute;n, de cometer abusos contra los desplazados, etc.). Los instrumentos humanitarios para los desplazamientos deber&iacute;an contrapesar la necesidad de ser lo m&aacute;s completos posible respecto a las diversas circunstancias en las que los desplazamientos son posibles o reales, con la necesidad de garantizar que sus normas pueden aplicarse realmente en la pr&aacute;ctica.<\/p>\n<p><strong><em>Incentivos y elementos disuasorios<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Son muchos los factores que influyen en la decisi&oacute;n de los actores armados no estatales a la hora de comprometerse a respetar las normas humanitarias, como puede ser: la preocupaci&oacute;n por el bienestar de la poblaci&oacute;n afectada, el deseo de atraer la asistencia a los territorios bajo su control y el querer que se les considere dignos de gobernar. Este tipo de motivaciones pueden resultar relevantes con respecto a los desplazamientos, si bien deben tenerse en cuenta algunos factores adicionales. Dada la responsabilidad de los Estados en los desplazamientos forzados (por ejemplo, como parte de las campa&ntilde;as de contrainsurgencia), los actores armados no estatales podr&iacute;an ser m&aacute;s propensos a exigir reciprocidad por parte de su respectivo Estado para que &eacute;ste tambi&eacute;n acate las normas internacionales relativas a los desplazamientos. Aunque debemos ser cautelosos al comparar los problemas de las minas terrestres con los desplazamientos, la experiencia del Llamamiento de Ginebra muestra que, de hecho, hay casos de actores armados no estatales que se comprometen a acatar las normas humanitarias sin que exista reciprocidad por parte de los Estados. Treinta y seis de los cuarenta y un signatarios de la Escritura de Compromiso que prohib&iacute;a las minas antipersonal operaban en Estados que no hab&iacute;an tomado parte en la Convenci&oacute;n sobre la prohibici&oacute;n en el momento de su firma.<\/p>\n<p>Tambi&eacute;n es importante considerar que, al contrario que el uso <em>per se<\/em> de las minas antipersonal, la infracci&oacute;n de las normas sobre los desplazamientos forzados de la poblaci&oacute;n puede constituir un crimen de guerra o incluso un crimen contra la humanidad en algunas circunstancias. Resulta complicado predecir el impacto que ello podr&iacute;a tener en el proceso de compromiso. Por un lado, algunos se&ntilde;alan el efecto disuasorio de la justicia internacional. El miedo a ser enjuiciados puede constituir un incentivo para los l&iacute;deres y oficiales de los grupos armados no estatales a la hora de garantizar que sus pr&aacute;cticas son conformes a las normas internacionales, lo que facilitar&iacute;a, por tanto, la tarea de una organizaci&oacute;n que estuviese dispuesta a trabajar con ellos. Por otro lado, podr&iacute;a ocurrir que los actores armados no estatales fuesen menos propensos a aceptar el di&aacute;logo o a negociar de buena fe con dicha organizaci&oacute;n por temor a que &eacute;sta compartiera la informaci&oacute;n obtenida (de manera voluntaria o al ser citados ante un juzgado o tribunal) y que tal informaci&oacute;n pudiera ser utilizada para emprender acciones contra los miembros de los grupos armados o contra el grupo mismo. El Llamamiento de Ginebra espera llegar a abordar este aspecto mediante su trabajo con los actores armados no estatales respecto a la nueva Escritura de Compromiso para la Protecci&oacute;n de los Ni&ntilde;os y Ni&ntilde;as de los efectos del Conflicto Armado, ya que el reclutamiento de ni&ntilde;os menores de 15 a&ntilde;os constituye un crimen de guerra.<\/p>\n<p><strong>Apoyar la implementaci&oacute;n y controlar el cumplimiento<\/strong><\/p>\n<p>Al mismo tiempo que se redacta un instrumento humanitario sobre los desplazamientos, ser&iacute;a importante que se planificaran los mecanismos de ayuda a la implementaci&oacute;n y el seguimiento del cumplimiento del mismo. El apoyo externo a la implementaci&oacute;n de los compromisos de los actores armados no estatales para con los desplazamientos podr&iacute;a resultar incluso m&aacute;s crucial que en el caso de las minas terrestres. En este punto encontramos una diferencia primordial entre ambas cuestiones. Las minas terrestres deben extraerse del suelo y destruirse, lo que por supuesto requiere una experiencia y unos recursos considerables; pero se trata de un proceso finito en el que se trabaja con objetos inanimados. En el caso de las poblaciones desplazadas, que disponen de organismos y de derechos y que son de distinta forma vulnerables en cada fase del desplazamiento, el cuadro es mucho m&aacute;s complejo. La asistencia continua resultar&iacute;a crucial para mejorar la protecci&oacute;n de las poblaciones afectadas y para conseguir un cambio duradero.<\/p>\n<p>Puede resultar todo un reto realizar un seguimiento del grado de cumplimiento de un instrumento humanitario sobre los desplazamientos. En algunos casos, resulta muy complicado diferenciar los traslados voluntarios de la poblaci&oacute;n de los involuntarios y evaluar la causa exacta del desplazamiento. El conflicto podr&iacute;a ser s&oacute;lo una de las causas por las que la gente abandona sus hogares y, por tanto, suele ser dif&iacute;cil atribuir la responsabilidad de los desplazamientos a un actor concreto.<\/p>\n<p>Otro reto es que algunas obligaciones respecto a los desplazamientos son absolutas. El Derecho Internacional Humanitario proh&iacute;be que se obligue a los civiles a abandonar sus lugares de residencia a menos que su seguridad est&eacute; en juego o en caso de que razones militares imperativas as&iacute; lo exijan. Sin embargo, evaluar tales situaciones constituir&iacute;a un ejercicio muy delicado y probablemente controvertido.<\/p>\n<p><strong>Conclusi&oacute;n<\/strong><\/p>\n<p>Dada la naturaleza de los actuales conflictos armados, los esfuerzos para mejorar la protecci&oacute;n de los civiles deben tratar no s&oacute;lo la conducta de los Estados, sino tambi&eacute;n la de los actores armados no estatales. Los mecanismos dise&ntilde;ados para hacer que se cumplan las reglas probaron ser insuficientes, pero la experiencia del Llamamiento de Ginebra ha demostrado que si se adopta un enfoque inclusivo, los actores armados no estatales pueden comprometerse a cambiar su comportamiento sin necesidad de emplear amenazas ni medios coactivos contra ellos.<\/p>\n<p>Desarrollar y emplear un mecanismo oficial para hacer que los actores armados no estatales se comprometan a cumplir con las normas relativas a los desplazamientos conlleva numerosos retos. Sin embargo, dada la escala global de los desplazamientos y el sufrimiento prolongado de los desplazados, la comunidad humanitaria necesita estar preparada para explorar modos innovadores de abordar esta cuesti&oacute;n.<\/p>\n<p style=\"font-weight: bold; color: #666666\"><a href=\"mailto:pauline.lacroix@graduateinstitute.ch\">Pauline Lacroix<\/a>, licenciada por el Graduate Institute of International and Development Studies of Geneva, trabaj&oacute; en el Departamento de Asia del Llamamiento de Ginebra en 2010. Redact&oacute; el presente art&iacute;culo con la ayuda de <a href=\"mailto:pbongard@genevacall.org\">Pascal Bongard<\/a>, Director de Programa para &Aacute;frica de Llamamiento de Ginebra y Asesor Pol&iacute;tico, y <a href=\"mailto:crush@genevacall.org\">Chris Rush<\/a>, Oficial de Programa Senior para Asia en <a href=\"http:\/\/www.genevacall.org\/\">Llamamiento de Ginebra<\/a>.<\/p>\n<p style=\"font-weight: bold; color: #666666\">&nbsp;<\/p>\n<div>\n<div id=\"edn1\">\n<p><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref1\">1<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref1\" id=\"_edn1\" name=\"_edn1\" title=\"\"> <\/a> Por razones operativas, el Llamamiento de Ginebra emplea el t&eacute;rmino actores armados no estatales para referirse a las entidades armadas organizadas, principalmente motivadas por objetivos pol&iacute;ticos que operan fuera del control estatal y que carecen de capacidad jur&iacute;dica para tomar parte en los tratados internacionales relevantes. Se incluyen aqu&iacute; los grupos armados, las autoridades que gobiernan <em>de facto <\/em>y los Estados que s&oacute;lo se encuentran parcialmente reconocidos a nivel internacional o que no lo est&aacute;n en absoluto.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref2\">2<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref2\" id=\"_edn2\" name=\"_edn2\" title=\"\"> <\/a> V&eacute;ase <em>Los actores armados no estatales y las minas terrestres &#8211; Vol. III: &iquest;Hacia un enfoque integral para los actores armados no estatales?<\/em> 2007. Disponible en: <a href=\"http:\/\/tinyurl.com\/GCall-2007\">http:\/\/tinyurl.com\/GCall-2007<\/a><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref3\">3<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref3\" id=\"_edn3\" name=\"_edn3\" title=\"\"> <\/a> <a href=\"http:\/\/www.mineaction.org\/section.asp?s=what_is_mine_action\">http:\/\/www.mineaction.org\/section.asp?s=what_is_mine_action<\/a><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref4\">4<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref4\" id=\"_edn4\" name=\"_edn4\" title=\"\"> <\/a> La lista de signatarios se encuentra disponible en: <a href=\"http:\/\/tinyurl.com\/GenevaCallSignatories\">http:\/\/tinyurl.com\/GenevaCallSignatories<\/a>.<strong> <\/strong>Cabr&iacute;a tener en cuenta que muchos de los signatarios han cambiado de estatus desde el momento de la firma y en la actualidad ya no se les considera actores no estatales. Algunos de ellos se han convertido en parte de las autoridades de sus respectivos pa&iacute;ses mientras que otros se han disuelto o han abandonado la lucha armada.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref5\">5<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref5\" id=\"_edn5\" name=\"_edn5\" title=\"\"> <\/a> Para m&aacute;s informaci&oacute;n, v&eacute;ase <em>Non-State Actor Mine Action and Compliance to the Deed of Commitment<\/em> <em>Banning Anti-Personnel Landmines: January 2008 &ndash; June 2010 (Las acciones antiminas de los actores no estatales y el cumplimiento de la Escritura de Compromiso que proh&iacute;be las minas terrestres antipersonal: enero 2008-junio 2010).<\/em> Geneva Call. 2010. Disponible (en ingl&eacute;s) en: <a href=\"http:\/\/www.genevacall.org\/resources\/research\/f-research\/2001-2010\/gc-2010PR\">http:\/\/www.genevacall.org\/resources\/research\/f-research\/2001-2010\/gc-2010PR<\/a><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref6\">6<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref6\" id=\"_edn6\" name=\"_edn6\" title=\"\"> <\/a> V&eacute;ase a modo de ejemplo <em>Fact-Finding during Armed Conflict: Report of the 2009 Verification Mission to the Philippines to investigate Allegations of Anti-Personnel Landmine use by the Moro Islamic Front (La investigaci&oacute;n durante el conflicto armado: informe de 2009 de la misi&oacute;n de verificaci&oacute;n enviada a Filipinas para investigar las alegaciones del uso de minas antipersonal por parte del Frente Moro de Liberaci&oacute;n Isl&aacute;mica). <\/em>Ginebra. Disponible (en ingl&eacute;s) en: <a href=\"http:\/\/tinyurl.com\/2010-GC-Report-Philippines\">http:\/\/tinyurl.com\/2010-GC-Report-Philippines<\/a><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref7\">7<\/a><a href=\"http:\/\/www.migracionesforzadas.org\/no-estatales\/Lacroix-et-al.htm#_ednref7\" id=\"_edn7\" name=\"_edn7\" title=\"\"> <\/a> V&eacute;ase las actividades del Consejo Noruego para los Refugiados: Zeender, Greta. 2005. &lsquo;Engaging armed non-state actors on internally displaced persons protection&rsquo; (&lsquo;Implicar a los actores armados no estatales en la protecci&oacute;n de las personas desplazadas internamente&rsquo;), Refugee Survey QuarterlyVol. 24, n&ordm; 3, p&aacute;gs. 96-111.<\/p>\n<\/p><\/div><\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td valign=\"top\">\n\t\t\t\t&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"En muchos casos los actores armados no estatales desempe&ntilde;an un papel importante a la hora de generar desplazamientos forzados en todo el mundo. 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