Haití ha soportado más de dos siglos de complejos conflictos políticos, golpes de estado sucesivos, Gobiernos autoritarios e intervenciones internacionales que le han legado instituciones débiles, en gran medida incapaces de responder a las necesidades de la población. La mayoría de los haitianos han aprendido a depender de sí mismos y a desarrollar sus propias redes de apoyo, no sólo en las zonas rurales y urbanas del país sino también más allá de las fronteras internacionales, como modo de eludir las vulnerabilidades fruto del proceder de un Estado frágil.
Cuando el terremoto sacudió el país en enero de 2010 las infraestructuras de la capital Puerto Príncipe prácticamente se derrumbaron y la comunidad internacional respondió con importantes esfuerzos para prestarles ayuda y grandes donaciones destinadas a reconstruir el país. Sin embargo, las miles de personas que huyeron del país en busca de seguridad y supervivencia en aquella época por lo general no se encontraron con la misma solidaridad y respuesta humanitaria en los potenciales países de refugio. Por poner dos ejemplos, Francia y Estados Unidos –dos de los mayores países donantes que están profundamente conectados con el pasado y el presente de Haití– optaron por no aceptar en sus fronteras a estos migrantes forzados alegando que no cumplían los requisitos legales para ser refugiados que establece la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. Ambos países tomaron precauciones para evitar la posibilidad de que se produjera una migración masiva de haitianos a sus territorios. Estados Unidos impuso un bloqueo naval alrededor de sus costas y Francia cerró las fronteras de la Guayana francesa, uno de sus departamentos de ultramar.
La fragilidad como detonante
La migración de estos haitianos se debió principalmente a la fragilidad del Estado haitiano y su consiguiente incapacidad para garantizar que se cubrieran las necesidades de subsistencia básicas de sus ciudadanos, una realidad que sólo se vio agravada por la catástrofe natural que en ese sentido actuó como detonante –y no como principal elemento clave– del desplazamiento.
Aunque la definición legal internacional de refugiado no abarcaría la migración haitiana que se produjo tras la catástrofe, la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984[1] había promovido una ampliación de la protección de los refugiados en Latinoamérica y recomendaba la inclusión de aquellos que “han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público..”.
A pesar de la naturaleza no vinculante de este documento, muchos países latinoamericanos han aplicado esta amplia definición de “refugiado” a su legislación nacional. Brasil fue el primer país de la región en aprobar una ley específica sobre los refugiados en 1977[2] e incluyó en ella las graves y extendidas violaciones de los derechos humanos recogidas por la Declaración de Cartagena como una de las razones legítimas para otorgar el asilo a una persona.
Dado que Brasil era también uno de los destinos elegidos por los haitianos desplazados tras el terremoto, cabría esperar que su amplia legislación nacional sobre los refugiados les garantizara su protección y su acceso a la condición de refugiados. Sin embargo, el Comité Nacional para los Refugiados (CONARE) –el organismo público designado para determinar si se concede o no el estatus de refugiado en Brasil– llegó a la conclusión de que a los desplazados haitianos no se les podía ofrecer asilo. La razón para denegarlo era que no podían demostrar con claridad la existencia de una amenaza contra sus vidas, su seguridad o su libertad.
Aunque el CONARE determinó que a los haitianos no se les podría conceder el estatus de refugiado, consideró al mismo tiempo que necesitarían algún tipo de permiso especial para quedarse en Brasil, debido a la precaria situación a la que se enfrentarían si regresaban a su país de origen. Como consecuencia, a algunos haitianos les concedieron lo que se conocía como “visados humanitarios”. Algunos actores –entre ellos ACNUR– aplaudieron esa actitud y la calificaron de ejemplar mientras que otros, principalmente organizaciones confesionales y ONG de derechos humanos, la criticaron por ser demasiado tímida y porque no proporcionaba el mismo grado de protección que el estatus de refugiado. A causa de un incremento en el número de haitianos que llegaban al país, las autoridades brasileñas tomaron en enero de 2012 la iniciativa de regularizar la situación de aproximadamente cuatro mil haitianos que ya habían entrado en el país, al mismo tiempo que introdujeron un sistema de cupo para los nuevos migrantes procedentes de Haití. Como consecuencia, cientos de estos migrantes se quedaron atrapados en la frontera.
Lo que el caso de Brasil ilustra es que, aun en los casos en los que existe una definición amplia de la condición de refugiado, obtener una protección efectiva o alcanzar soluciones duraderas para los que huyen de Estados frágiles resulta más complicado y depende más de la voluntad política que en el caso de los “refugiados tradicionales”. Dado que estos migrantes no encajan dentro de la definición de refugiados reconocida a nivel global, es más fácil que sus solicitudes de derechos y protección estén sujetas al poder soberano del Estado receptor a la hora de decidir a quién se le concede asilo y a quién no.
Una manera de proceder práctica
Aun en el caso de que los haitianos que migraron tras la catástrofe en teoría sí tengan derechos en una interpretación humanitaria y de los derechos humanos amplia, en la práctica no están cubiertos adecuadamente por los marcos internacionales para la protección de los refugiados. Los casos de desplazamiento relacionados con la fragilidad del Estado no son raros hoy en día. Dada la importante movilización internacional en los esfuerzos de ayuda y reconstrucción tras el terremoto de Haití y la actitud menos generosa hacia los haitianos que han huido de su devastado país, deberíamos hallar modos de intentar mejorar el trato que da la comunidad internacional a estos desplazados procedentes de Estados frágiles.
Un modo podría ser reforzar el papel que estos migrantes desempeñarían fuera de su país a la hora de mejorar la situación de sus compatriotas que se han quedado en casa. En ese caso pueden ayudar, a través de los lazos transnacionales que crean, a mejorar la situación de su país de origen. Esta lógica parece especialmente apropiada en el caso de Haití ya que durante décadas su economía ha dependido en gran medida de las remesas de dinero que los haitianos recibían y en tales circunstancias esto permitiría a los desplazados enviar dichas remesas a sus familiares.
Una estrategia efectiva y de bajo coste para ayudar a reconstruir un Estado frágil devastado por una catástrofe natural podría consistir en que los países receptores adoptaran una política migratoria que reconozca a los migrantes que necesiten más protección y que les permita entrar al país e integrarse en la sociedad a nivel local. Lo que estarían haciendo los países receptores es participar de un enfoque de asistencia complementario.
Con este fin, los países receptores podrían adoptar interpretaciones más amplias de sus leyes sobre los refugiados o permitir excepciones, creando programas o visados especiales para aquellos que se exilian de Estados frágiles en un momento especialmente vulnerable. Esta no es una solución normativa sino una que apela a prácticas de humanitarismo en sentido amplio, un humanitarismo extendido no sólo al compromiso de enviar ayuda fuera del país sino también a permitir que los migrantes forzados entren en él.
Diana Thomaz dianazacca@gmail.com es estudiante de posgrado en la Pontifícia Universidade Católica do Rio de Janeiro, Brasil.
[1] La Declaración de Cartagena sobre los Refugiados: adoptada por el Coloquio sobre la Protección Internacional de los Refugiados en América Central, México y Panamá, 1984, en el contexto de regímenes autoritarios vigentes durante la Guerra Fría y la proliferación de crisis políticas nacionales que produjeron millones de refugiados en la región de Latinoamérica
http://www.refworld.org/cgi-bin/texis/vtx/rwmain/opendocpdf.pdf?reldoc=y&docid=50ac93722
http://tinyurl.com/declaracion-cartagena
[2] Ley 9.474/97 de 22 de julio