Si bien la sociedad coreana sin duda se ha vuelto más receptiva hacia las distintas orientaciones sexuales en los últimos quince años, muchos sectores de la sociedad coreana siguen siendo bastante conservadores, y las afirmaciones abiertas de homosexualidad son poco frecuentes. Sin embargo, los gais y las lesbianas tienen los mismos derechos y están protegidos por ley contra la discriminación[1], y en los últimos años dos casos de asilo relativamente destacados han dado lugar a que se conceda asilo a hombres gay en Corea.
El primer caso involucra a un solicitante de asilo de Pakistán, un abogado de Lahore casado y con cuatro hijos. Fue arrestado y detenido brevemente en Pakistán, y también fue objeto de chantaje e intimidación por parte de familiares y personas cercanas a él. Su solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado en Corea fue rechazada por el Ministerio de Justicia en junio de 2009 y entonces el solicitante presentó un recurso de apelación que fue escuchado por el Tribunal Administrativo de Seúl.
El tribunal consideró que la declaración personal del solicitante era coherente y convincente, y reconoció el asilo, concluyendo que si fuera devuelto a Pakistán tendría una “alta posibilidad de ser perseguido por los musulmanes y el gobierno paquistaní por ser gay”. El tribunal explicó explícitamente que la persecución podría provenir del propio gobierno o de actores privados. Además del testimonio del solicitante, la conclusión del tribunal se basó en gran medida en información del país de origen de jurisdicciones extranjeras – en concreto, un informe sobre Pakistán de la Agencia de Fronteras del reino Unido, que indicaba que los oficiales de policía paquistaníes chantajean frecuentemente a los homosexuales, así como el informe de la Junta de Inmigración y Refugiados de Canadá que detalla los casos de persecución de gais en Khyber y Lahore. El tribunal también señaló las cláusulas que penalizan el comportamiento homosexual tanto en la legislación pakistaní como en el derecho islámico.
En 2011, otra solicitud basada en la persecución por orientación sexual fue presentada ante el mismo tribunal por un solicitante de asilo nigeriano. Aquí, el solicitante declaró (y el tribunal lo consideró creíble) que el gobierno nigeriano no lo había aceptado en un puesto gubernamental por ser gay, y le había negado la compensación cuando su casa fue demolida en un proyecto de planificación urbana por su orientación sexual. Cuando protestó por la falta de compensación, un grupo de personas trataron de atacarlo en su casa. El Tribunal Administrativo de Seúl falló a favor del apelante, basando su opinión en gran medida en el análisis de la información del país de origen recopilada de fuentes extranjeras, incluyendo un informe de la Junta de Inmigración y Refugiados de Canadá, un informe de investigación del Tribunal de Revisión sobre Refugiados de Australia, un informe de derechos humanos del Departamento de Estado de los EE.UU., un informe de Amnistía Internacional, entre otros. El tribunal también tuvo en cuenta el hecho de que la legislación nigeriana penaliza las relaciones homosexuales.
Tomados en conjunto, estos dos casos muestran una marcada apertura a permitir el asilo con base en la orientación sexual. El tribunal aceptó plenamente la credibilidad del solicitante en cada caso. En el caso del solicitante de asilo paquistaní, el tribunal incluso fue más allá al destacar que el hecho de que el solicitante se haya casado y haya tenido hijos no significaba que no era gay, y que este no era un comportamiento inusual en el contexto paquistaní. Asimismo, el tribunal no tuvo problemas para localizar información del país de origen de fuentes confiables que dieron credibilidad a los temores de persecución de los solicitantes.
Los jueces también se negaron a abordar otros posibles argumentos que en ocasiones se utilizan para denegar el asilo en otras partes del mundo. Por ejemplo, el fallo no abordó la posibilidad de que el solicitante pudiera evitar la persecución viviendo en una parte diferente de su país de origen u ocultando su orientación sexual, si bien en caso del solicitante de Nigeria el tribunal declaró que “si una persona no puede expresar su sexualidad por temor a ser perseguida, esto puede ser considerado como una especie de persecución”, lo que implica que no sería apropiado devolver a alguien a un país donde puede estar seguro sólo si disimula su sexualidad.
No debe exagerarse la importancia de estos dos casos aislados para el derecho de refugiados de Corea. Sin embargo, estas decisiones son significativas puesto que muestran que, a pesar de ser relativamente novato en la jurisprudencia sobre refugiados, el poder judicial coreano está dispuesto a conceder el asilo con base en la persecución por orientación sexual a los solicitantes procedentes de países considerados hostiles para los gais.
Andrew Wolman amw247@yahoo.com is es Profesor Asociado, Escuela de Postgrado de Estudios Internacionales y Regionales, en la Universidad de Hankuk de Estudios Extranjeros, Seúl, Corea