Menores no acompañados solicitantes de asilo: procesos fallidos y lagunas de protección en el Reino Unido

Articulo disponible sólo en línea

Mi experiencia trabajando como abogada de inmigración en casos de menores no acompañados solicitantes de asilo, ha puesto de relieve una serie de deficiencias en los procedimientos que determinan su futuro.

Un número sin determinar de migrantes menores no acompañados entran cada año en el Reino Unido.1 En algunos casos estos menores han sido víctimas de la trata para su explotación sexual o para trabajar. En otros, han dejado sus países por propia iniciativa, por el deseo de sus padres o tutores de mantenerles a salvo de las persecuciones o por motivos económicos. Algunos son víctimas de violencia en el hogar o incluso de acusaciones de brujería.

Al igual que otros países europeos, el Reino Unido trata a los menores no acompañados solicitantes de asilo2 mejor que al resto de solicitantes en cuanto a servicios de acogida y procedimientos de asilo se refiere.

Servicios de acogida: Los menores no acompañados solicitantes de asilo son responsabilidad del departamento de servicios sociales de las autoridades locales donde se encuentren que han de realizar una evaluación del caso e inmediatamente proporcionar asistencia. A los menores de 16 años se les suele alojar con familias o en centro de acogida. Los mayores de 16 pueden alojarse en un régimen más independiente, como en pisos compartidos o tutelados. Una vez el menor se ha instalado, la autoridad local tiene la obligación de promover y salvaguardar su bienestar, ofreciendo el apoyo adecuado y llevando a cabo supervisiones regulares para asegurarse de que sus necesidades están cubiertas. Al fin y al cabo, los menores no acompañados no deben ser tratados de forma diferente a los menores británicos tutelados.

Procedimientos de asilo: El procedimiento de determinación de asilo diseñado para menores no acompañados es más apropiado que el procedimiento estándar. Tienen derecho a: recibir asistencia jurídica gratuita para preparar sus casos, acompañamiento durante las entrevistas, representación en las apelaciones de asilo y que sus solicitudes sean revisadas por una unidad especializada en menores. Por otra parte, no deben ser objeto de detenciones por su calidad de inmigrantes. Asimismo, las consecuencias de una respuesta negativa (el rechazo de su solicitud de asilo) son menos extremas a corto plazo para un menor que para un adulto, puesto que suele concedérsele permiso de residencia de carácter discrecional hasta la edad de 17 años y medio cuando no se dan las medidas adecuadas de acogida en su país de origen.3 Esto significa que podrá vivir, estudiar y trabajar en el Reino Unido hasta esa edad.

Problemas de la práctica actual

Una de las cuestiones que suelen surgir cuando tratamos con menores no acompañados es si son, de hecho, menores. Cuando su edad no está clara, a los menores no acompañados se les puede tratar como a adultos y muchos de estos conflictos nunca se resuelven. El Ministerio del Interior señala que el principal problema son los adultos que se hacen pasar por menores para acceder a servicios y ayudas que no les corresponden. Sin embargo, a menudo se trata de cuestiones económicas y prácticas, las cuales hacen que a las autoridades locales no les interese aceptar a jóvenes solicitantes de asilo que cuidar a largo plazo. Son las autoridades locales las que llevan a cabo la determinación de la edad que luego es remitida al Ministerio del Interior y servirá de base en la determinación de asilo.

La competencia de las autoridades locales para llevar a cabo la determinación de la edad plantea serios conflictos de intereses. El procedimiento es bastante subjetivo y falible por diversos motivos: se desconfía de la documentación que atestigua la edad; es complicado obtener testimonios coherentes de niños que han de comunicarse a través de intérpretes, que pueden regirse por un calendario diferente y que tienen poca o ninguna educación; algunos trabajadores sociales carecen de las habilidades y la experiencia necesaria para hacer valoraciones fiables y confían demasiado en la apariencia o en ideas socialmente construidas sobre las conductas para determinar la edad; a veces los niños tienen miedo, no confían en los adultos y se dedican a repetir lo que los traficantes o sus familiares les han dicho que debían decir.

También surgirán errores en los procesos de toma de decisión sobre la determinación de asilo que no tengan en cuenta que los menores solicitantes son niños, sobre todo cuando se trata de creer la historia de un niño. El sexto informe de ACNUR GB sobre la Iniciativa de Calidad dice: Algunos supervisores son particularmente proclives a crear un ambiente óptimo para el niño e interrogarlo de forma adecuadamente sensible para facilitar que se exprese y revele las pruebas. Sin embargo, la evaluación llevada a cabo por ACNUR sobre 21 entrevistas encontró algunas prácticas erróneas que van en contra del interés superior del menor, niegan al niño la oportunidad de expresar libremente sus razones para solicitar asilo o no garantizan que se tenga en cuenta cualquier vulnerabilidad o necesidad especial del menor.4

Hasta las recientes denuncias, era práctica común que los abogados de inmigración obtuvieran informes pediátricos (es decir, médicos) para determinar la edad. A día de hoy, está ampliamente aceptado que los informes médicos tienen un margen de error de dos años; por lo que no constituyen una prueba concluyente de edad y sólo deben considerarse junto con todas las pruebas presentadas.

Los resultados de las pruebas de edad tienen graves consecuencias para un gran número de menores no acompañados solicitantes de asilo al determinar cuánto tiempo pueden recibir ayuda y permanecer en el Reino Unido. A un 8% de los menores no acompañados se le concedió asilo durante 2008 y un 53% obtuvo permiso de residencia con carácter discrecional a la espera de una primera resolución.5 Por otra parte, si a un niño se le deniega el asilo y la permanencia provisional se concede para un período inferior a un año, tal niño no cuenta con la posibilidad de apelación.

Un niño considerado como adulto será tratado como tal y, por lo tanto, podrá ser detenido, más fácilmente deportado a otro país de la Unión Europea bajo la Regulación de Dublín II 6 o, en caso de denegación de asilo, repatriado a su país de origen o abandonado sin recursos y vulnerable en el Reino Unido.

Los problemas que muchos menores no acompañados han de enfrentar en su lucha por sus derechos y por acceder a un cuidado y apoyo apropiado aumentan debido a que estos niños, incluidos quienes cuentan con permiso de residencia de carácter discrecional, no disponen de un tutor legal (es decir, una persona designada por un tribunal que defienda el interés superior del menor), a diferencia de lo que ocurre en otros países europeos.7

Una vez cumplen los 17 años y medio, los menores no acompañados solicitantes de asilo pueden solicitar permanecer más tiempo. Dicha petición suele ser rechazada por el Ministerio del Interior, a excepción de que pueda demostrarse que la expulsión del Reino Unido infringe la Convención Europea de Derechos Humanos, comúnmente, su derecho a la vida privada y familiar en virtud del artículo 8. Las razones de denegación más comunes son: el solicitante ha alcanzado la edad adulta y ya no necesita de cuidados, no ha establecido vida privada o familiar (dado que lleva muy poco tiempo viviendo en el país) y no tiene familiares viviendo allí. Llegados a este punto, el Ministerio del Interior ordena su expulsión y advierte de que su permanencia constituiría un delito. El Ministerio del Interior también proporciona información para el retorno voluntario, concertado a través de la Organización Mundial para las Migraciones. Muchos, si no la mayoría, de los antiguos menores no acompañados cuya solicitud de ampliar su permanencia fue denegada viven en el Reino Unido de forma ilegal, sin ayuda, incapaces de continuar con su formación y, por lo general, sin contacto con las autoridades locales o con sus abogados.

Recomendaciones

Los niños y jóvenes objeto de controles de inmigración son especialmente vulnerables ya que su bienestar y desarrollo está vinculado a la obtención y mantenimiento de la condición legal. Pese a las disposiciones aplicables a los menores no acompañados, suele tratárseles como inmigrantes en vez de como a niños. Se deberían seguir los siguientes pasos en pos de establecer un sistema de protección eficaz para menores no acompañados y jóvenes adultos:

  • Revisar las pruebas de determinación de la edad. Por ejemplo, las pruebas podrían llevarse a cabo a lo largo de varios días para permitir la observación del comportamiento y la forma de relacionarse de los niños/jóvenes. Los trabajadores sociales encargados de las pruebas de determinación de la edad deberían recibir orientación, formación y asistencia adecuados. El procedimiento debería recibir aportaciones por parte de todos los actores implicados en el desarrollo de la vida del niño -profesionales de la salud, psicólogos, maestros, monitores juveniles, etc.- e incluir toda la información que pueda ser relevante en la toma de decisión, incluidas pruebas pediátricas y médicas cuando sea posible. Una comisión independiente de determinación de la edad ayudaría a los centros regionales a dar un servicio coherente, fiable y menos expuesto a su impugnación.
  • Dotar a las autoridades locales de fondos suficientes para que puedan ofrecer un paquete adecuado de medidas de apoyo y cuidado.
  • Fomentar la cooperación entre funcionarios de inmigración y representantes de menores no acompañados.
  • Abordar el vacío legal sobre cómo proteger a los jóvenes cuando han agotado sus derechos de apelación y ya no tienen ningún estatus legal.
  • Conceder protección permanente a los menores no acompañados que han sido víctimas de la trata.
  • Establecer un sistema formal de tutela para los menores no acompañados solicitantes de asilo. El tutor debería tener una función legal y ser designado por un organismo oficial para salvaguardar el interés superior del niño y actuar de enlace entre todos los proveedores de servicios y ayuda. El tutor habría de intervenir en caso de que los organismos públicos actuaran en contra de sus obligaciones jurídicas respecto al menor.

Katia Bianchini es Abogada Especialista en Inmigración en el bufete Turpin & Miller Solicitors, Oxford, Reino Unido, e Investigadora de Postgrado en la Escuela de Derecho de la Universidad de York, Reino Unido.

1 Sólo se dispone de estadísticas de solicitantes de asilo (5.685 en 2008). De éstos, hubo 1.400 (24,6 %) cuya edad no estaba clara y que fueron tratados como adultos.

2 Niños menores de 18 años que llegan al Reino Unido, solicitan asilo y no están acompañados por ningún pariente cercano adulto o bien, encontrándose alguno en el país, no se hace cargo del menor.

3 Heaven Crawley, When is a child not a child? Asylum, age disputes and the process of age assessment, (¿Cuándo un niño no es un niño? Asilo, conflictos sobre la edad y el procedimiento de determinación de la edad) Immigration Law Practitioners’ Association, 2007; pág. 152. Disponible (en inglés) en: http://www.ilpa.org.uk/publications/ILPA%20Age%20Dispute%20Report.pdf

4 Traducción del inglés. UNHCR, Quality Initiative project. Key observations and recommendations April 2008 – March 2009 / Proyecto Iniciativa de calidad de ACNUR. Observaciones y recomendaciones, Abril 2008 - Marzo 2009. Disponible (en inglés) en: http://tinyurl.com/UNHCRQI6

5 The Children Legal Centre, Fact Sheet / El Centro Jurídico del Menor, Ficha técnica. Disponible (en inglés) en: http://tinyurl.com/CLCFactSheet

6 El Reglamento Dublín II determina cuál será el Estado miembro responsable del examen de la solicitud de asilo . Disponible en: http://tinyurl.com/RegulacionDublinII

7 La Política de Acogida, Repatriación y Acuerdos para la integración de los Menores Extranjeros No Acompañados. Estudio comparativo de la UE elaborado por la Red Europea de Migraciones, Mayo de 2010; pág. 53. Disponible en: http://tinyurl.com/EMNMay2010

 

 

 

Renuncia de responsabilidad
Las opiniones vertidas en los artículos de RMF no reflejan necesariamente la opinión de los editores o del RSC.
Derecho de copia
Cualquier material de RMF impreso o disponible en línea puede ser reproducido libremente, siempre y cuando se cite la fuente y la página web. Véase www.fmreview.org/es/derechos-de-autor para más detalles.