Niños fruto de violaciones a mujeres refugiadas y apátridas en Egipto

Es necesario simplificar el proceso de inscripción del nacimiento en el registro para los hijos nacidos a raíz de una violación —especialmente en el caso de mujeres refugiadas— para evitar la apatridia.

En el Derecho civil egipcio el certificado de nacimiento es el único documento legal que prueba la existencia de un ser humano y la validación de otros documentos de identidad depende de él. El certificado de nacimiento es el documento que identifica la nacionalidad y la filiación de una persona.

La inscripción en el registro de sus hijos es una de las cuestiones más duras a las que se enfrentan las refugiadas que han sido víctimas de una violación en el país de asilo o de camino a él. Tanto en la Convención sobre los Derechos del Niño como en el Derecho egipcio, la inscripción del nacimiento se considera un derecho para todos los niños, incluso para los que nacen fuera del matrimonio pero en la práctica hay muchos obstáculos que dificultan su implementación. En Egipto, una Oficina del Registro Civil tiene la responsabilidad de inscribir a los recién nacidos tanto de los nacionales como de los no ciudadanos. En el caso de los nacidos fuera del matrimonio, la madre tiene derecho a que se inscriba a su hijo en el registro y a que se le entregue un certificado de nacimiento en el que conste el nombre de la madre.

Según la Ley del Estatuto Personal egipcia, los doctores y matronas deben expedir un certificado con el nombre de la madre, la fecha de nacimiento y el sexo del bebé. A pesar de eso y del derecho legal que le asiste a disponer de un certificado de nacimiento, en la práctica se presta más atención al tipo de relación que dio lugar al nacimiento que a los derechos de ese niño. Uno de los principales obstáculos a los que se enfrentan las víctimas de violaciones es el desconocimiento de los funcionarios con respecto a los procedimientos para expedir ese tipo de documento, en parte debido a que no es común en la sociedad egipcia expedir certificados de nacimiento para niños nacidos fuera del matrimonio y a que la predisposición social hacia esa cuestión hace que los funcionarios sean poco proclives a dar ese servicio. En el caso de un niño que nazca en Egipto y haya sido fruto de una violación, el procedimiento de inscripción en el registro variará según si la madre sufrió una violación y el padre es desconocido, o si el padre negó su paternidad y desapareció de la vida de la madre, o si la violación se produjo dentro o fuera de Egipto.

El primer obstáculo con el que se encuentra una víctima de violación es si lleva el tipo de documentos de identidad adecuado. Si es una inmigrante, su pasaporte confirmará su identidad, pero si lleva un documento de identidad de solicitante de asilo o refugiada es posible que le denieguen la inscripción del niño porque el personal del registro civil de Egipto no sepa demasiado acerca de la validez de esos documentos de identidad. Además, se podría carecer de testimonios de la violación como un informe policial.

Esas son algunas de las dificultades a las que se enfrentan las refugiadas o las migrantes a la hora de documentar el nacimiento de sus hijos nacidos a raíz de una violación. La consecuencia de privar a un niño de su certificado de nacimiento es que se convierte en apátrida. En los casos en los que la madre decida marcharse de Egipto (para seguir su viaje o para regresar a su país de origen) sin un certificado de nacimiento, no podrá obtener un documento de viaje para su hijo y se verá obligada a dejar atrás al niño apátrida.

Simplificar los procedimientos para inscribir en el registro los nacimientos de los niños fruto de una violación resulta vital para evitar todas esas consecuencias. Para reducir el riesgo de apatridia, las autoridades egipcias deberían establecer la obligación legal de inscribir todos los nacimientos que se hayan producido a causa de una violación o fuera del matrimonio aunque el supuesto padre niegue su paternidad, identificando a la madre como progenitora del menor e indicando su sexo.

 

Mohamed Farahat farahat_3@hotmail.com

Jurista, The Egyptian Foundation for Refugee Rights www.efrr-egypt.org

 

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