La terminología migratoria es importante

No emplear la terminología correcta tiene otras consecuencias más allá  de las semánticas. Hay que esforzarse más en educar a las personas especialmente a aquellas cuyas palabras van a tener una gran repercusión en el uso correcto de la terminología relacionada con la migración. 

Los esfuerzos que se están llevando a cabo a día de hoy para debatir y abordar la “crisis migratoria” en Europa están marcados por las polémicas, alimentadas en parte por la terminología imprecisa y en ocasiones incendiaria que se utiliza para describir a los migrantes y con la que se corre el riesgo de contribuir a mermar sus derechos.

Se debería revisar el uso del propio término “crisis”, que se ha empleado de forma rutinaria para describir la migración a Europa en el transcurso de 2015. Otros países, muchos con menos recursos que Europa, llevan enfrentándose a versiones peores de esta corriente migratoria desde hace algún tiempo. Turquía, con una población de 76 millones, estaba acogiendo a mediados de noviembre de 2015 a 2 181 293 millones de sirios, lo que constituía una ratio de 1 sirio por cada 35 turcos. En Jordania, la ratio de sirios por cada jordano era de aproximadamente 1 de cada 10; y en el Líbano, la ratio es de 1 de cada 5. Es importante mantener una perspectiva sobre la escala de la “crisis” en Europa.

Legal e ilegal

El debate sobre la terminología no es sólo una cuestión de corrección política, como suele retratarse, sino que tiene implicaciones reales para los migrantes. Mucha gente, como parte del público en general, periodistas y funcionarios del Gobierno, reducen a todo el conjunto de los migrantes a dos únicas categorías: los “legales” y los “ilegales”. Esta dicotomía es falsa por diversas razones.

La gente no puede ser ilegal, sólo pueden serlo sus actos. Además, la palabra “ilegal” implica una conclusión jurídica, sin conceder a cada migrante a título individual la posibilidad de poder defender su caso. En el ámbito del Derecho penal, si a alguien se le acusa de un acto ilícito resulta inapropiado que cualquiera incluidos,  o tal vez especialmente, los periodistas y políticos que hablan en público se refieran a ese individuo como a un “delincuente” antes de que se le haya declarado culpable. Esto se debe a que se busca salvaguardar la presunción de inocencia. Pero en el contexto migratorio las figuras públicas emplean de forma ordinaria el término “ilegal”, que  sigue apareciendo en publicaciones de prensa al respecto y en fallos de tribunales.

El término “ilegal” referido a la carencia de un estatus válido se utiliza a menudo para describir a los migrantes que entran en un territorio de forma clandestina. Sin embargo, se usa desproporcionadamente para criticar a un colectivo que sólo constituye una parte de todos los migrantes que no disponen de un estatus válido. En todo el mundo, la mayor categoría de migrantes sin un estatus válido corresponde a la de aquellos que entraron en un país de forma legal y se quedaron más tiempo del que les permitía su período de admisión autorizado. Estas personas que se han quedado más tiempo constituyen el grueso de lo que se conoce como población migrante “ilegal”.

El Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos humanos de los migrantes ha destacado que la entrada de forma irregular a un territorio sólo debería constituir un delito administrativo y no penal. La Organización Internacional para las Migraciones y otras organizaciones internacionales llevan tiempo promoviendo el uso del término “irregular” en vez de “ilegal”, de acuerdo con una recomendación de la Asamblea General de las Naciones Unidas realizada en 1975[1].

El tráfico y la trata

Es mejor considerar al tráfico y a la trata como dos delitos diferentes. Diferenciarlos sigue siendo un reto tanto para los periodistas como para los políticos. Es importante distinguirlos porque las víctimas de la trata tienen derecho a una serie especial de medidas de protección de acuerdo con el Derecho internacional y europeo, pero no podrán acceder a ellas si no se les identifica correctamente. La trata exige que exista la intención de explotar a la víctima por medio de la fuerza, de otras formas de coacción, fraude o engaño, y no implica necesariamente que se haya cruzado una frontera de forma legal o ilegal[2].

Por su parte, el tráfico es un delito definido como el acto de proporcionar, a cambio de beneficios económicos o materiales de otra clase, la entrada ilegal de una persona a un Estado del que dicha persona no es ciudadana nacional o residente; en otras palabras: siempre implica el cruce ilegal de una frontera[3].

 La única forma de garantizar que se identifica adecuadamente cualquier tipo de protección o servicios a los que un migrante tenga derecho es evaluando individualmente la situación del migrante para determinar si se ha producido un caso de trata o de tráfico de personas. Pero en cualquier caso son los perpetradores quienes cometen el delito, no los migrantes.

Refugiados, solicitantes de asilo y otros migrantes

Puede que los políticos no estén de acuerdo acerca de la logística para proteger a los refugiados pero rara vez discuten el hecho de que tienen derecho a recibir protección. En otras palabras, se les percibe como migrantes “buenos” cuyo derecho a la protección está claramente establecido por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados. Pero puede que los políticos, la prensa y el público en general vean con escepticismo a los solicitantes de asilo. Esto se debe en parte a que el término “solicitante de asilo” no se entiende bien. El “asilo” tiene una definición jurídica específica y no todos los migrantes que lo solicitan cumplen los requisitos para obtenerlo. Sin embargo, el fallo sobre una solicitud de asilo está separada del derecho del migrante a solicitarlo. Ese derecho existe con independencia de que el asilo se le llegue a conceder.

Se tiende a categorizar al resto de migrantes como “migrantes económicos” y a retratarlos como migrantes “malos” motivados únicamente por el interés propio. El término “migrante económico” no existe desde el punto de vista jurídico. Los que sí se recogen en los tratados internacionales, como es el caso de “trabajadores migratorios”, son más apropiados porque la tan difundida e imprecisa categorización de “migrante económico” no reconoce las circunstancias particulares de cada migrante, que pueden incluir múltiples motivaciones. El peligro de usar este término es que se puede hacer presuponer que esos migrantes nunca tendrán derecho a ningún estatus regularizado y, por tanto, se les puede denegar inmediatamente la entrada o deportar. Existen circunstancias en las que un migrante que no sea ni refugiado ni solicitante de asilo puede tener base jurídica para una estancia regularizada en un país de recepción. En cualquier caso, todos los migrantes tienen derechos que deben respetarse.

Es importante que el discurso público entienda estas distinciones para poder encontrar soluciones razonables y respetuosas. La terminología puede desempeñar un papel importante a la hora de dar forma al debate sobre una gestión efectiva de la migración.

 

Paola Pace ppace@iom.int

Coordinadora de Promoción de la Salud en África Oriental, Organización Internacional para las Migraciones, Kenia www.iom.int

 

Kristi Severance migratitude@gmail.com

Consultora independiente

 



[1] Asamblea General, Medidas para mejorar la situación y garantizar el respeto de los derechos humanos y la dignidad de todos los trabajadores migratorios, 3449, 2433º, reunión plenaria, 9 de diciembre de 1975. www.worldlii.org/int/other/UNGARsn/1975/87.pdf

[2] Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional http://www.unodc.org/documents/peruandecuador/Publicaciones/tocebook.pdf

[3] Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional http://www.acnur.org/t3/fileadmin/scripts/doc.php?file=t3/fileadmin/Doc…

                 

 

 

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