El recientemente creado control de la detención en Japón

Los comités de control recientemente establecidos en Japón están abriendo nuevos canales de comunicación y oportunidades de mejora en los centros de detención.

La Oficina de Inmigración del Ministerio de Justicia de Japón gestiona diversos centros de detención migratoria en todo el país, donde son detenidos los extranjeros que llegan o permanecen en Japón en situación irregular, como sucede en muchos otros países. Hasta hace poco, sin embargo, la condición y el tratamiento a los detenidos dentro de las instalaciones de detención estaban ocultos tras los muros, con pocas oportunidades de escrutinio público.

Siguiendo las recomendaciones de varias fuentes internacionales,[1] así como de grupos de presión dentro de Japón, el Gobierno de Japón modificó la Ley de Control Migratorio y Reconocimiento de Refugiados, y como resultado se establecieron dos Comités de Control de los Centros de Detención Migratoria. El objetivo principal de estos Comités, que comenzaron a trabajar en julio de 2010, es garantizar la transparencia en el tratamiento a los detenidos y contribuir en la correcta gestión de los centros de detención. Los Comités visitan periódicamente los centros de detención; examinan la información confidencial sobre los centros de detención y las estadísticas proporcionadas por las Oficinas de Inmigración que gestionan las instalaciones; entrevistan a los detenidos a petición de los mismos; reciben, estudian, aclaran y solicitan resoluciones de las denuncias presentadas confidencialmente por escrito por los detenidos; y hacen recomendaciones para realizar mejoras a los Directores de los centros de detención.

Cada uno de los dos Comités (uno en el occidente de Japón y el otro en el oriente de Japón) se compone de 10 expertos independientes designados por el Ministro de Justicia: dos académicos (profesores de derecho), dos abogados, dos médicos, dos representantes de las comunidades locales que albergan los centros de detención, un funcionario internacional que trabaje para una organización internacional y un funcionario de una ONG.

Algunas de las destacadas recomendaciones presentadas por los Comités al finalizar sus dos primeros años – y las medidas adoptadas por los centros de detención en respuesta a las mismas – incluyen[2]:

·      Para aumentar la privacidad de los detenidos se instalaron paredes y cortinas alrededor de los cuartos de baño y las duchas.

·      Para permitir que los detenidos hagan ejercicio, tomen duchas o realicen llamadas telefónicas durante el fin de semana, así como entre semana, algunos centros de detención empezaron a permitir que los detenidos salgan de sus celdas de detención durante el fin de semana.

·      Para evitar la confusión sobre las reglas y procedimientos (incluyendo los mecanismos de denuncia) en relación con la vida cotidiana dentro de las instalaciones de detención, se prepararon directrices multilingües y se pusieron a disposición de todos los detenidos.

·      Para ayudar a los detenidos a buscar asesoramiento y asistencia, algunos centros de detención elaboraron ​​y distribuyeron listas con la información de contacto de las embajadas, el ACNUR, la OIM, asociaciones legales, etc.

Estas medidas claramente representan mejoras y son dignas de elogio. Aunque todavía quedan algunos desafíos.

Los altos costos del servicio telefónico y los muy limitados horarios en los que se permite que los detenidos realicen llamadas telefónicas obstaculizan la comunicación con las familias, amigos, abogados u otras fuentes de asistencia. No se cuenta con acceso a Internet o teléfono móvil dentro de los centros de detención. Si bien algunos centros de detención han comenzado a permitir que los detenidos realicen llamadas telefónicas cuando están en las celdas de detención, se necesitan con urgencia mejores métodos de comunicación.

Las Oficinas de Inmigración han dispuesto que los detenidos deben tener una amplia variedad de opciones de comida, pero los alimentos “halal” aún no están disponibles, lo que ha planteado problemas para los detenidos musulmanes. Se deben realizar continuos esfuerzos para resolver esto.

Faltan médicos calificados que estén dispuestos a trabajar dentro de los centros de detención. Dado que esta cuestión concierne directamente a la salud de los detenidos, debe buscarse una solución inmediata, por ejemplo, mediante la coordinación con los hospitales locales y estableciendo un sistema de rotación, de manera que los médicos calificados pueden estar disponibles para una consulta oportuna.

Es difícil conseguir intérpretes cualificados para los idiomas que no son comunes en Japón, como persa, turco, urdu, pastún e hindi. Como la comunicación es fundamental para el entendimiento mutuo, no sólo en las entrevistas del Comité sino también en la vida diaria en los centros de detención, deben realizarse más esfuerzos para identificar y capacitar a las personas políglotas residentes en Japón para que sean intérpretes.

El mandato, roles y funciones de los Comités no eran explicados adecuadamente a los detenidos, al menos inicialmente. Si bien su papel está contenido en las directrices multilingües que ahora están disponibles en todas las celdas de detención, la información sobre este nuevo sistema debe difundirse mejor.

Por último, la cuestión de la independencia y autonomía de los Comités ha sido planteada insistentemente por observadores y críticos. Como miembro del Comité del occidente de Japón, la propia autora no ha experimentado ningún tipo de presión de la Oficina de Inmigración o del Ministerio de Justicia, y elogia la transparencia y la franqueza de las conversaciones mantenidas entre el personal de las instalaciones de detención y los Comités. La Oficina Regional de Inmigración de Osaka actúa como Secretaría del Comité del occidente de Japón, organizando todas las visitas y entrevistas. Dado que los miembros del Comité desempeñan sus funciones a tiempo parcial y el presupuesto asignado para todo el sistema de monitoreo es extremadamente limitado, parece poco realista, al menos en el momento, establecer una secretaría totalmente independiente de la Oficina de Inmigración. Esta cuestión puede examinarse mejor junto con una visión general de la reforma de la estructura ministerial del gobierno, incluido el posible establecimiento de una Comisión de Derechos Humanos independiente en Japón.

Dado que Japón aún no ha establecido una Comisión Independiente de Derechos Humanos y no ha firmado el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, los Comités de Control de los Centros de Detención son el único órgano con autoridad para solicitar mejoras en los centros de detención y en el trato a los detenidos. Así que tienen serias responsabilidades e importancia.

Naoko Hashimoto nhashimoto@iom.int se obtuvo un MSt en el Centro de Estudios sobre Refugiados y actualmente es Directora de Programa de la Organización Internacional para las Migraciones, Oficina de Tokio. www.iom.int

Fue miembro del Comité de Control de los Centros de Detención del Occidente de Japón desde julio de 2010 hasta finales de junio de 2013,  a tiempo parcial. La información y opiniones expresadas en este artículo no reflejan necesariamente los puntos de vista oficiales de la OIM o del Ministerio de Justicia de Japón.

 


[1] Kumiko Niitsu ‘Perspectivas sobre el Comité de visita de los centros de detención migratoria: Consideración desde la perspectiva de garantizar la transparencia’, CDR Quarterly, vol.4, págs. 38-51, enero de 2012. Centro de Documentación sobre Refugiados y Migrantes, Universidad de Tokio.

[2] Se encuentra disponible más información en el sitio web oficial del Ministerio de Justicia de Japón (sólo en japonés):

Julio de 2010-junio de 2011: http://tinyurl.com/JapanMOJ-10-11

Julio de 2011-junio de 2012: http://tinyurl.com/JapanMOJ-11-12

 

 

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