Un proceso de evaluación deficiente conduce a la infrautilización de las alternativas en Suecia

A menudo se toma a Suecia como ejemplo de un país con “las mejores prácticas” legislativas respecto a la detención y sus alternativas, pero investigaciones realizadas por Cruz Roja Sueca señalan la existencia de numerosos fallos. 

Los detenidos en centros de detención de Suecia a menudo expresan una falta de comprensión de por qué están detenidos. En vista de ello, la Cruz Roja Sueca examinó recientemente la aplicación de la legislación de detención, centrándose en la justificación de los motivos de la detención y la preferencia por la detención antes que por la supervisión.

La mayoría de las decisiones analizadas por Cruz Roja Sueca tienen que ver con la detención mientras que se está a la espera de que se ejecute la deportación. En el estudio se hace evidente que la evaluación del riesgo de evasión por parte de la justicia ha sido el elemento principal para determinar si existen fundamentos para la detención, pero los hallazgos realizados demuestran que a menudo falta una evaluación global de diversos criterios que influyen en el riesgo.

A los individuos que en su comportamiento[i] hayan mostrado claramente que no tienen intención de acatar una denegación de entrada al país o la ejecución de una orden de expulsión, se les detiene. Pero además existe un importante número de ejemplos de decisiones y resoluciones en las que el mero hecho de que los solicitantes de asilo manifiesten su reticencia a regresar a sus países de origen en las “entrevistas de retorno” (entrevistas de deportación) ante la policía o la Junta de Migración suecas constituye un factor determinante en la evaluación. En la entrevista de retorno se les informa acerca de las diversas alternativas disponibles con respecto al retorno  —tanto voluntario como forzado— pero por norma general no se avisa al particular de que una respuesta negativa a la pregunta sobre su predisposición a regresar a su lugar de origen podría hacer que acabara detenido.

Existen muchas razones por las que los individuos expresan su reticencia a regresar a sus países de origen en estas entrevistas. Muchos solicitantes de asilo viven bajo una tremenda presión psicológica y una orden de expulsión puede desencadenar sentimientos de ansiedad, conmoción o impotencia.  Esto no implica automáticamente que la persona no vaya a estar dispuesta a acatar la ejecución de la orden de expulsión. No parece razonable que unas declaraciones realizadas bajo estrés emocional puedan acabar dando lugar a una privación de libertad cuando la información proporcionada ha sido insuficiente. Además, en muchas de las decisiones analizadas por Cruz Roja Sueca, el individuo en cuestión había remitido una nueva solicitud dado que habían surgido nuevas circunstancias que podían considerarse “impedimentos para la ejecución” de la orden de expulsión. En esos casos, habría resultado muy contradictorio que éste/a manifestase su voluntad de regresar a su país de origen y acatase la ejecución de la orden de expulsión.

La supervisión como una alternativa viable

El estudio también se fijó en si los adjudicadores consideraban por sistema otras alternativas antes de ordenar la detención. La alternativa a la detención preferida en Suecia es la supervisión que, según la Ley de Extranjería sueca, puede utilizarse en lugar de la detención cuando se considere que es suficiente para alcanzar el propósito manifestado. Sin embargo, se expiden muchas más órdenes de detención que de supervisión.

La Ley de Extranjería establece que aquella se aplicará de tal modo que no se restrinja la libertad de las personas más de lo necesario en cada caso particular, y que siempre debería llevarse a cabo una evaluación para determinar si puede utilizarse la medida más blanda, es decir, la supervisión en vez de la detención. Sin embargo, aunque la Junta de Migración Sueca y los tribunales de migración a menudo tienden en sus decisiones y resoluciones hacia la supervisión frente a la detención, las pruebas demuestran que a menudo no se realiza ninguna evaluación individual para determinar si con la supervisión se puede alcanzar el mismo propósito que con la detención. Las autoridades policiales no hacen referencia a la supervisión en ninguna de sus decisiones, lo que sugiere que no la tienen en consideración en absoluto. La ley no se está aplicando como se pretendía.

Debería haber requisitos rigurosos durante los juicios para que la toma de decisiones que afecten a la privación o limitación de la libertad se hagan con justicia. No debería ser suficiente con decir que hay razones para presumir que el extranjero evadirá la justicia; y la detención tampoco debería prevalecer automáticamente sobre la supervisión. Las bases jurídicas y fácticas para que una autoridad prive de libertad a una persona deberían estar cuidadosamente justificadas y claramente detalladas en su decisión.

 

Maite Zamacona Aguirre Maite.Zamacona@redcross.se trabaja para Cruz Roja Sueca. www.redcross.se   

Véase Detention Under Scrutiny: A study of the due-process for detained asylum-seekers (La detención a examen: estudio del debido proceso para los solicitantes de asilo detenidos), mayo de 2012. Resumen en inglés disponible en http://tinyurl.com/SRC-detention-Eng-2012



[i] Por ejemplo, en caso de que se haya escondido, remitido información falsa, violado previamente una prohibición de volver a entrar en el país, declarado su intención de no marcharse, etc.

 

 

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