Es necesario que Nigeria se responsabilice de sus desplazados internos

Continúan existiendo retos jurídicos  y políticos en la asistencia y protección de las personas desplazadas en Nigeria

 

Se ha producido un aumento alarmante en el número de desplazados internos en Nigeria por varias razones, entre ellas los conflictos étnicos, religiosos y políticos, violaciones de los derechos humanos y, sobre todo, catástrofes naturales puntuales aunque la mayoría provocadas por el hombre, como las inundaciones. Sin embargo, Nigeria carece actualmente de una legislación que trate de manera explícita los problemas que atañen a los desplazados internos y no hay ningún organismo capacitado para registrarlos y proporcionarles ayuda en otras cuestiones relacionadas.

Para rellenar este vacío y mejorar la apremiante situación de los desplazados internos, en 2003 el Gobierno Federal de Nigeria creó un comité para la redacción de una Política Nacional sobre los Desplazados Internos con el fin de incluirles en un registro y expedir carnés de identidad para ellos, ayudar a reducir los casos de desplazamiento interno y asignar responsabilidades a las agencias, a los organismos gubernamentales y no gubernamentales y a organizaciones civiles de carácter social. El trabajo del comité culminó con la Política Nacional sobre las Personas Desplazadas Internas, que se preparó y presentó al Gobierno en 2011 pero que todavía tiene que ser adoptada oficialmente. El borrador de esta Política se ha redactado tomando como base los Principios rectores de los Desplazamientos Internos y la Convención para la Protección y Asistencia de las Personas Desplazadas Internas en África de la Unión Africana (Convención de Kampala) de 2009.

Marco legislativo e institucional.

En ausencia de un marco legal o de una institución destinada a tales efectos, las tareas de provisión de asistencia humanitaria, de protección, reintegración y reasentamiento de desplazados internos se llevan a cabo mayoritariamente por las agencias gubernamentales sobre una base reactiva y ad hoc. El borrador de la Política Nacional pretende guiar a las diferentes ramas del Gobierno, donantes y agencias humanitarias a la hora de prevenir los desplazamientos y ofrecer protección y asistencia humanitaria a esos desplazados. También asigna responsabilidades a los cuerpos de gobierno adecuados en los diferentes aspectos de una respuesta a corto, medio y largo plazo para el desplazamiento interno, con la ya existente Comisión Nacional para los Refugiados (NCFR por sus siglas en inglés) como centro gubernamental responsable de coordinar las actividades de todos los organismos, incluidas las agencias humanitarias internacionales. Además habilita a la Agencia Nacional de Gestión de Emergencias, la Comisión de Derechos Humanos y el Instituto de Paz y Resolución de Conflictos para asociarse con la NCFR con el fin de apoyar las actividades de los estados y gobiernos locales en la implementación de la Política dentro de sus respectivas esferas de actividades cuando se lance oficialmente.

La Política empieza por reafirmar los derechos fundamentales de todos los ciudadanos al amparo de la Constitución de 1999 aunque también reconoce las vulnerabilidades concretas de mujeres y niños, concediéndoles garantías especiales. Luego incluye medidas para protegerles del desplazamiento y establece unas normas con respecto a la entrega de ayuda humanitaria por parte de las agencias humanitarias nacionales e internacionales. Para ello, la Política prevé la acción de varias leyes e instituciones destinadas a la protección de los desplazados internos bajo lo que denomina ‘marco humanitario de cooperación’ de todos los ministerios, estados, gobiernos locales, departamentos y agencias competentes, así como organizaciones internacionales e instituciones benéficas. La Política también identifica algunas circunstancias bajo las que una persona deja de ser un desplazado interno.

Continúa definiendo en términos generales los principios jurídicos nacionales e internacionales aplicables a los desplazados internos. Dichos principios reflejan los derechos fundamentales de los individuos garantizados por la Constitución y los instrumentos de derecho internacional incluyendo la no discriminación; la libertad de movimiento y de asociación; y el derecho a la dignidad y la vida familiar. La Política garantiza la protección de los derechos mencionados anteriormente y prohíbe al mismo tiempo actos que puedan causar desplazamientos internos como depuraciones étnicas o proyectos de desarrollo a gran escala que no se consideren de interés público. Perfila estrategias para la prevención y la gestión de conflictos que incluye la implicación de las comunidades y los grupos étnicos en las actividades económicas, políticas y sociales del Gobierno y promueve el diálogo, las consultas, los matrimonios entre distintas etnias, la armonía religiosa mediante relaciones entre diferentes confesiones, la educación y una distribución justa y equitativa de los recursos económicos entre la gente y las comunidades. Cuando el desplazamiento es inevitable, todos los derechos de los ciudadanos se aplican del mismo modo a los desplazados internos. La NCFR exige la creación de una atmósfera propicia para el retorno, el reasentamiento o la reintegración de los desplazados internos. Al planificar el retorno, reasentamiento y reintegración, la Comisión está también obligada a garantizar la participación de los desplazados internos a través de los representantes que éstos elijan.

La Constitución declara que el objetivo primario del Gobierno deberá ser la seguridad y el bienestar de las personas y por tanto el Gobierno a todos sus niveles y sus organismos constituyen los primeros puntos de referencia en la implementación de la maquinaria de esta Política. Sin embargo, el Gobierno Federal ha delegado la mayoría de sus responsabilidades en la NCFR. Ella es ahora la responsable última de la rehabilitación, reasentamiento y reintegración de todos los desplazados internos así como de la prevención de conflictos o catástrofes que conlleven desplazamientos junto con otros organismos específicos responsables de la gestión de emergencias, protegiendo los derechos humanos o diseñando e implementando programas destinados a prevenir la interrupción de la paz y para evitar conflictos que provoquen desplazamientos.

Uno de los mayores problemas es el hecho de que la Política carezca de estatus legal y por tanto no pueda ser ejecutada por el Gobierno o por los actores en los que delegue. Además, no existe ningún cuerpo u organización responsable de llevar a cabo un seguimiento de la implementación por parte de la NCFR, que de todas formas está infradotada. Dado que reconoce la magnitud de las dificultades para conseguir financiación, el Gobierno ha propuesto el establecimiento de un Fondo Fiduciario Humanitario para atraer la financiación de particulares, organismos corporativos y agencias internacionales entre otras para actividades que ayuden a los desplazados internos. Otras agencias gubernamentales que complementen el trabajo de la NCFR deberían establecer organismos de financiación similares. Pero aunque la financiación fuera adecuada, existe el problema de la falta de rendición de cuentas por parte de los encargados de los cargos públicos y los fondos.

En la actualidad existen enormes retos relacionados con la prevención de los desplazamientos, la asistencia, el retorno y el traslado de los desplazados internos. La Política Nacional ha llegado en un momento en el que lo que en realidad requiere el país es un marco legal e institucional fuerte –más que una mera política– e instituciones que sean eficaces implementándolos.

Bagoni Alhaji Bukar (Babagonibukar@yahoo.co.uk) es profesor adjunto y director de departamento de la Facultad de Derecho Privado, Universidad de Maiduguri, Estado de Borno, Nigeria.

Tras realizar un sondeo durante un año, la Agencia Nacional de Gestión de Emergencias de Nigeria informó de que a finales de 2011 había unos 370.000 desplazados internos en el país, 74.000 de los cuales se encontraban en campos. Las anteriores cifras de que disponían el Gobierno y otras agencias sólo incluían a la gente que había buscado alojamiento en campos de desplazados temporales y no recogían a los muchos que se habían refugiado en casas de familiares y amigos. A falta de mecanismos para realizar el seguimiento de la actual situación de los desplazados internos, ha sido imposible determinar cuántos se han recuperado y han conseguido una solución duradera.

Observatorio de Desplazamiento Interno, diciembre de 2011 http://tinyurl.com/Nigeria-IDPs2011

 

 

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