- May 2024
El registro en la base de datos de personas refugiadas en Kenya ha hecho que nacionales del país estén en riesgo de apatridia. El presente artículo analiza el origen de esta problemática y la importancia de la seguridad, la privacidad y los derechos de los titulares de los datos.
Se estima que más de 40 000 kenianos han sido víctimas de una duplicación registral, por lo que sus huellas dactilares aparecen en la base de datos de personas refugiadas gestionada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y por el Gobierno de Kenya. Esto significa que, aunque tengan derecho a la ciudadanía keniana, no pueden conseguir una tarjeta de identificación nacional, dado que aparecen en la base de datos de personas refugiadas, lo que las aboca a una suerte de limbo administrativo. No pueden disfrutar de todos sus derechos ni como personas refugiadas ni como kenianas.
La tarjeta nacional de identidad y el pasaporte son los dos documentos que certifican la ciudadanía en Kenya. Cuando una persona solicita estos documentos al Gobierno de Kenya, este comprueba si sus huellas dactilares coinciden con los registros de la base de datos de personas refugiadas de ACNUR y del Gobierno. Si las huellas ya están registradas, aunque la persona no sea verdaderamente refugiada o tenga derecho a la ciudadanía keniana, se le denegarán los documentos de identificación. Esto aboca a las personas afectadas y a sus hijos e hijas a un riesgo de apatridia.
Las causas de la duplicación de registro
Son dos los motivos subyacentes por los que una persona puede acabar doblemente registrada, es decir, con sus huellas dactilares inscritas en la base de datos de personas refugiadas a la par que con derecho a registrarse en la base de datos de nacionales del Gobierno de Kenya:
- Cuando las comunidades kenianas empobrecidas cerca de los campamentos de Dadaab y Kakuma se percataron de que las comunidades refugiadas estaban recibiendo ayuda tras registrarse en la base de datos de personas refugiadas de ACNUR, algunos decidieron registrarse de manera voluntaria en ella para poder acceder a dicha ayuda.
- Kenya aplica el principio del «derecho de sangre» (o ius sanguinis); es decir, la ciudadanía de un menor viene determinada por la de sus padres. La Constitución de Kenya dispone que, para que un menor sea keniano, basta con que uno de sus progenitores también lo sea. En consecuencia, alguien que nace de padre refugiado y madre keniana (o viceversa) tiene derecho a la ciudadanía keniana. Sin embargo, estos menores también se registran en la base de datos de personas refugiadas.
La entrada de poblaciones refugiadas provenientes de Somalia, Etiopía y Sudán entre 1991 y 2007 provocó que Kenya introdujera una política de concentración en campamentos, para lo que fundó los campamentos de refugiados de Dadaab y Kakuma. Asimismo, el Gobierno de Kenya cedió a ACNUR las funciones de gestión de las poblaciones refugiadas. ACNUR era la organización responsable de recibir y registrar a las personas refugiadas a su llegada y de determinar si la persona solicitante de asilo podía recibir el estatus de refugiada. Más adelante, en 2007, cuando entró en vigor la Ley de Refugiados de 2006, el Departamento de Asuntos de los Refugiados pasó a hacerse cargo de la gestión de las poblaciones refugiadas, que antes gestionaba ACNUR, y en 2016 de su base de datos de personas refugiadas.
En la década de los 90, llegó a Kenya un importante flujo de personas refugiadas procedentes de Somalia. Paralelamente, la región septentrional del país, donde se encuentran los campamentos de refugiados de Dadaab y Kakuma, tuvo que lidiar con sequías periódicas. Como consecuencia de la histórica marginalización de esta región septentrional, las sequías y el subdesarrollo afectaron gravemente a las comunidades kenianas locales. En consecuencia, algunas personas kenianas de etnia somalí procedentes de las comunidades de acogida se registraron a sí mismas y a sus hijos e hijas como refugiados, para así poder acceder a los servicios prestados por ACNUR y otras organizaciones socias, tales como alimentos, educación, atención médica y, en algunos casos contados, a la posibilidad de reasentamiento.
Los problemas derivados de la duplicación de registro comenzaron con la aplicación del sistema biométrico de ACNUR, aproximadamente a partir de 2007. ACNUR introdujo un sistema de registro biométrico para gestionar mejor a los cientos de miles de personas refugiadas que vivían en los campamentos y para abordar los casos de fraude en la distribución de alimentos. Las raciones alimentarias se distribuían en función del número de personas en cada hogar. Algunos hogares utilizaban las cartillas de racionamiento de familiares ausentes para conseguir raciones adicionales. En ocasiones, estas raciones se intercambiaban por dinero, servicios u otros bienes.
El sistema biométrico facilitó que ACNUR pudiera verificar la identidad de las personas, pero también desencadenó consecuencias imprevistas. Muchas personas de origen keniano habían sido registradas como refugiadas cuando eran menores de edad sin su consentimiento y solo se percataron de que estaban registradas en la base de datos cuando solicitaron su tarjeta de identidad nacional con 18 años y se les fue denegada.
Además, la interacción entre la comunidad anfitriona y la refugiada dio lugar a numerosos matrimonios con descendencia. Las kenianas casadas con refugiados vivían en los campamentos y registraban a sus hijos e hijas como refugiados, a pesar de ser kenianos de nacimiento.
Las consecuencias de la duplicación de registro
Una persona que no dispone de tarjeta nacional de identidad solo puede moverse por la localidad en la que se encuentra su campamento. Esta limitación de la libertad de movimiento también condiciona sus oportunidades socioeconómicas. Asimismo, tampoco pueden acceder a servicios gubernamentales, abrir una cuenta bancaria, adquirir una tarjeta SIM, registrarse en M-PESA para acceder a servicios de banca móvil ni trabajar en el sector formal (si bien en septiembre de 2023 se enmendó la ley para permitir que los documentos de identificación de refugiados sirvieran para acceder al trabajo formal, este cambio aún no se ha implantado en la práctica). Uno de los afectados, Aden, explicó cómo sus ambiciones políticas se habían visto frustradas. Al no poder inscribirse como votante, perdió la oportunidad de salir electo como miembro de la asamblea de su condado natal, Garissa. Aden consiguió por fin su tarjeta de identidad nacional en julio de 2023, tras participar en el proceso de comprobación realizado por ACNUR y por el Departamento de Servicios para los Refugiados.
En marzo de 2021, el Gobierno de Kenya emitió un ultimátum que imponía a ACNUR un plazo de 14 días para diseñar un plan de cierre de los campamentos de Dadaab y Kakuma o, de lo contrario, las comunidades refugiadas en ambos serían repatriadas por la fuerza a sus países de origen. El ultimátum desató el pánico entre las víctimas de la duplicación de registro, quienes temían ser expulsadas de su propio país de origen. La ONG Haki na Sheria presentó una apelación para denunciar las acciones del Gobierno y logró que los tribunales dispusieran la interrupción provisional del proceso de repatriación. Aún está por determinar el curso definitivo de esta apelación. No obstante, Kituo Cha Sheria y otras organizaciones presentaron su propia apelación para denunciar el ultimátum del Gobierno para el cierre de los campamentos, que se admitió a trámite el pasado 15 de marzo de 2024.
La solución al problema de la duplicación de registro
La duplicación de registro plantea cuestiones muy pertinentes sobre la seguridad, la privacidad, el consentimiento y el procesamiento de los datos. No ha sido hasta ahora, años después de que se recopilaran los datos de la mayoría de las personas registradas por duplicado, que se están viendo las consecuencias de esta problemática. ACNUR adoptó su primera política sobre la protección de datos en 2015 y su versión más reciente fue adoptada en 2022. En 2019, Kenya aprobó su Ley de Protección de Datos. Tanto la política como la ley mencionadas cuentan ahora con disposiciones que, si se siguen a rajatabla, deberían resolver los desafíos planteados por la duplicación de registro.
En virtud de la ley, las personas afectadas por la duplicación de registro entrarían en la categoría de «interesado». La ley define a un «interesado» como «aquella persona natural identificada o identificable sujeta al tratamiento de sus datos personales». La sección 26 de la ley dispone los derechos del interesado. La persona interesada tiene derecho, entre otros, a:
- Conocer el uso que se hará de sus datos personales.
- Acceder a sus datos personales custodiados por un controlador o responsable del tratamiento de los datos.
- Oponerse al tratamiento de sus datos personales, ya sea total o parcialmente.
- Corregir aquellos datos erróneos o engañosos que la conciernen.
- Eliminar aquellos datos erróneos o engañosos que la conciernen.
Si esto hubiera sido posible antes, las personas afectadas por la duplicación de registro a las que habían tomado sus datos biométricos cuando eran menores de edad podrían haber tenido la posibilidad de rectificar el error antes de que ACNUR transfiriera estos datos al Gobierno de Kenya.
La ley también contiene disposiciones sobre la seguridad y la privacidad de los datos. El Kenya, el derecho a la privacidad aparece consagrado en la Constitución de 2010. La ley materializa este derecho al regular el procesamiento de los datos personales, consagrar los derechos de los interesados y disponer las obligaciones de las personas encargadas de la gestión y el tratamiento de los datos. Y, lo más importante: la ley dispone la creación de la Oficina del Comisionado para la Protección de Datos, cuyo mandato principal será supervisar su aplicación.
El Gobierno de Kenya es bien consciente del problema de la duplicación de registro y ha estado llevando a cabo diversos procesos de revisión para subsanar la situación. El más reciente tuvo lugar en agosto de 2023. El Gobierno emprendió este proceso de revisión para eliminar de la base de datos de personas refugiadas a aquellas personas kenianas que aparecían en ella. Este proceso es muy lento, ya que se debe contar con el personal de seguridad e inteligencia del Gobierno de Kenya para evitar cualquier caso de fraude.
En 2023, el Gobierno de Kenya comenzó a diseñar un plan de inclusión socioeconómica para las comunidades refugiadas y anfitrionas, titulado plan Shirika, que guarda consonancia con lo dispuesto en la Ley de Refugiados de 2021. Este plan pretende lograr lo siguiente:
- Aliviar la presión sobre las comunidades receptoras de refugiados en Garissa, Turkana y otras zonas urbanas al movilizar apoyo económico, técnico y material adicionales para redistribuir la carga.
- Facilitar el paso de los campamentos de refugiados a asentamientos humanos integrados y a núcleos económicos sólidos.
- Mejorar la inclusión socioeconómica de las comunidades refugiada y anfitriona para conseguir una mayor independencia y resiliencia.
- Facilitar la transición de la prestación de servicios básicos para las comunidades refugiadas, pasando de un enfoque humanitario a sistemas gubernamentales.
El plan Shirika contempla seis componentes principales. El primero de ellos se centra en la creación de sistemas y en los marcos políticos propicios. Aunque el problema de la duplicación de registro no aparece recogido de forma explícita en el plan, entra dentro de este componente, que lidia en particular con el Estado de derecho y con la justicia.
Conclusión: la importancia de la concienciación sobre la seguridad de los datos y los riesgos de la duplicación de registro
Según el informe de 2021 de Haki na Sheria, se estima que más de 40 000 personas son víctimas de la duplicación de registro en Kenya. La Ley de Refugiados de 2021 pretende abordar este problema tipificando la duplicación de registro como delito en su sección 41(3):
«Una persona comete un delito si,
siendo ciudadana de Kenya, solicita u obtiene de manera consciente el reconocimiento, la aprobación o el registro como solicitante de asilo o persona refugiada en Kenya; o, si siendo refugiada, solicita de manera consciente una tarjeta de identidad o un pasaporte de Kenya […]».
La ley dispone que toda persona declarada culpable del delito antes descrito deberá pagar una multa de hasta 500 000 chelines kenianos, cumplir tres años de cárcel o ambos. Aunque no se ha registrado ningún caso de imputación en virtud de este artículo, ni para personas refugiadas ni kenianas, la ley adopta un enfoque muy drástico. Habida cuenta de las circunstancias humanitarias que empujaron a la mayoría de las personas afectadas a registrarse como refugiadas, a saber, la sequía y el subdesarrollo de sus condados, la ley podría estar marginalizando aún más a un grupo de personas ya de por sí marginalizado.
En conclusión: es indudable que la revolución digital ha transformado la gestión de las poblaciones refugiadas y el almacenamiento de los datos personales, y que presenta tanto oportunidades como desafíos. Este artículo ha permitido arrojar luz sobre la complejidad de la duplicación de registro desde un punto de vista jurídico. Resulta evidente que, si bien las tecnologías digitales han mejorado la gestión de las poblaciones refugiadas, también han desatado riesgos relacionados con la privacidad, la seguridad de los datos y la apatridia. En adelante, es fundamental mejorar la conciencia pública y el conocimiento sobre las implicaciones de la duplicación de registro y la vulnerabilidad de los datos personales en las bases de datos digitales. Tanto las comunidades refugiadas como las de acogida deberían conocer los riesgos potenciales asociados, para así promover una sociedad más informada.
Wangui Gitahi
Oficial Superior de Protección, Amnistía Internacional Kenya
wangui.gitahi@amnesty.or.ke linkedin.com/in/wangui-gitahi-817a19152